LA MAYOR AUTONOMÍA Y EL ARTÍCULO 1,641, II CÓDIGO BRASILEÑO CIVIL

Autores/as

  • Leonidas Geraldo Ribeiro
  • Ricardo Donizete Ribeiro

Palabras clave:

el matrimonio y separación de género, autonomía personal, mayor, envejecimiento

Resumen

Este trabajo es un estudio teórico deductivo, de naturaleza reflexiva, compuesto de investigación bibliográfica y documentaria, bajo el enfoque del acercamiento cualitativo. Se intentó saber el jurídico y contribuciones del legislativo en la autonomía de los ancianos, a la vista del artículo 1.641, II, del Código Civil (el C.C.P.), que prohíbe la boda para las mayores personas en la comunión universal de posesiones. Consiste en un estudio en el proceso de envejecimiento, para la inclinación del oficio del enfermero que da énfasis a la autonomía de la persona en la opción del mejor para su vida seguida por un análisis de la abreviación de los dispositivos en el régimen de género entre los esposos. En la sucesión, ellos vienen las discusiones en la inconstitucionalidad material del artículo referido. 11.641, II, de C.C.P., que sostienen su irrazoabilidad y el tiempo presente de la minuta377. Esa materia es de aquéllos en que hay un desacuerdo entre la doctrina y la jurisprudencia, lo que recomienda una revisión general en el asunto, en el respeto a la dignidad de quién está en la edad mejor y los se pueden decidir sobre su propia vida íntimo, familiar y social.

 

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Cómo citar

LA MAYOR AUTONOMÍA Y EL ARTÍCULO 1,641, II CÓDIGO BRASILEÑO CIVIL. (2011). Fiep Bulletin - Online, 80. https://ojs.fiepbulletin.net/fiepbulletin/article/view/1029